Desperté convencido de que todo había sido una pesadilla. Pensé que podría continuar con esa vida que, con esfuerzo y constancia, me había ganado. Pero no fue un mal sueño. Fue —y sigue siendo— una realidad demoledora que no solo refleja un drama personal y colectivo, sino que pone en evidencia la corrupción sistémica que contamina los procesos selectivos en la Administración Pública española.
Como defensor de lo público, siempre he creído en el valor de un Estado fuerte, transparente y al servicio de la ciudadanía. Pero esta defensa no es ciega: exige también que quienes lo integran sean profesionales, imparciales, productivos y guiados por la vocación de servicio. Lamentablemente, lo vivido en el examen de oposición para el Cuerpo General Administrativo del Estado (C1), celebrado el 14 de diciembre de 2024, es una muestra más de cómo el sistema se aleja de esos principios.
El 24 de marzo de 2025, la Comisión publicó la plantilla definitiva de corrección. Sin ofrecer ninguna explicación razonada, decidió anular la pregunta 3 y sustituirla por la primera de reserva, lo cual consideramos un acto arbitrario y carente de transparencia.
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Análisis de la pregunta 3
En la plantilla provisional, la Comisión dio por correcta la respuesta C. En la definitiva, la anuló sin justificarlo. Creemos que alegan, de forma implícita, ambigüedad en relación a las tomas de posesión y el inicio del cómputo del grado consolidado. Sin embargo, el Real Decreto 364/1995, en su artículo 70, es claro: el funcionario consolida el grado correspondiente al puesto adjudicado tras superar el proceso selectivo. No se menciona una segunda toma de posesión, y asumirla sería una interpretación forzada. Si se aceptaran esas elucubraciones, prácticamente cualquier pregunta sería anulable.
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Análisis de la primera pregunta de reserva
Lo más sorprendente es que esta pregunta, claramente ambigua, no fue anulada. Presentaba tres posibles respuestas válidas debido a la falta de precisión en el enunciado. No se especificaba el tipo de informe, se cambiaba el nombre del ministerio y no se indicaba el cuerpo legal aplicable. Según la Ley 39/2015, artículo 30.2, los plazos deben entenderse como hábiles, salvo mención expresa en contrario. Pero el RD 364/1995 menciona plazos en días naturales, lo que genera un conflicto normativo evidente.
En este caso, el principio de jerarquía normativa indicaría aplicar la ley antes que el reglamento. Sin embargo, habiendo dos respuestas válidas, ni siquiera las propias administraciones se ponen de acuerdo sobre el cómputo de plazos, lo cual demuestra la falta de claridad de la pregunta.
No es menor el impacto: en un examen cuya nota de corte se sitúa en 14 sobre 20, dos preguntas pueden significar el suspenso o el aprobado. Y más grave aún, pueden implicar que una plaza se quede fuera del alcance de quien realmente la merecía.
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Impacto y arbitrariedad
La opacidad y la falta de responsabilidad no son nuevas. El Tribunal Superior de Justicia de Galicia emitió recientemente una sentencia favorable a los opositores de la convocatoria anterior, otorgándoles la plaza al concluir que una pregunta y su respuesta del examen eran técnicamente defectuosas. Hoy, la historia se repite. En esta convocatoria, según estadísticas de una de las academias con mayor volumen de alumnado (llamada “AHA”), la Comisión ha anulado una pregunta que había sido respondida correctamente por más del 80% de los aspirantes, y validó en su lugar la primera de reserva acertada solo por un 17%, Esta decisión, tomada sin explicación coherente, refuerza la percepción de una evaluación arbitraria, injusta y carente de rigor técnico. Y mientras tanto, en procesos judiciales paralelos, se observan dilaciones inexplicables en el envío de expedientes. ¿Qué se oculta detrás de tanta ineficacia? ¿Por qué persiste la falta de transparencia, incluso cuando la justicia ya ha llamado la atención sobre estas irregularidades?
Los aspirantes a la función pública no buscamos privilegios, sino justicia. Queremos un sistema donde el mérito, la capacidad y el esfuerzo sean realmente premiados. Por eso, alzamos la voz. Porque lo público se defiende también exigiendo que funcione como debe.
Gracias por leernos.
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ANEXO
