Uno de estos «agujeros», por ejemplo, permitiría encerrar legalmente hasta un año y medio a un inmigrante en un Centro de Internamiento hasta su expulsión. El informe del Grupo Inmigración y Sistema Penal (conformado por jueces, letrados y fiscales de la Audiencia Nacional, el Tribunal Constitucional, el Tribunal Supremo, audiencias provinciales, abogados y catedráticos) señala el anteproyecto de «intolerable retroceso en los derechos de los extranjeros y en nuestro Estado de Derecho».
Afirman que en las actuales condiciones, dada la gravedad de las violaciones, el texto de la reforma de extranjería resentado por gobierno no debe continuar con su tramitación. “El cómputo del plazo quedará suspendido mientras dure la tramitación y resolución de los procedimientos de asilo o de habeas corpus iniciados. Igualmente procederá dicha suspensión en caso de enfermedad del extranjero o por otras causas no imputables a la Administración que impidan o dificulten su salida de España”. Con esta aparentemente sencilla cláusula del anteproyecto de la reforma a la Ley de Extranjería, los inmigrantes podrían estar encerrados legalmente hasta 18 meses (un año y medio) en un Centro de Internamiento. La reforma actual contempla el aumento de 40 a 60 días de reclusión legal en un Centro de este tipo. Pero la cláusula de “excepcionalidad” antes expuesta, permite ampliar hasta 18 meses el periodo de retención. Los extranjeros indocumentados, apátridas o ciudadanos de países que no reconocen o no admiten la repatriación de sus nacionales (como ocurre en algunos países africanos) podrían continuar internados en el Centro una vez vencidos los 60 días iniciales hasta los 18 meses. Es decir, coincide y se ajusta con los 18 meses de límite de internamiento máximo que marca la Directiva de Retorno que la UE (la “Directiva de la Vergüenza” del 2008). Desde que España apoyó la directiva, el Gobierno ha reiterado que no se alcanzarán estos internamientos tan largos en el país. Pero lo más sibilino es que los límites que marca la actual reforma nos dice todo lo contrario: el gobierno español se ha hecho un “molde” de la directiva europea y ha pretendido “colarla” en la reforma. Si no fuera por el grupo de expertos abogados habría pasado desapercibida e introducido este plazo en la reforma. Otros agujeros son: – La ausencia de documentación sólo es una falta administrativa pero los sin papeles tienen en los Centros de Internamiento menos garantías que los encarcelados. – El informe de los juristas reivindica también al Gobierno que no amplíe el plazo de internamiento de extranjeros a 60 días. -Además, pide que aproveche la reforma para mejorar las condiciones de encierro y “reconsidere la legitimidad de privar de libertad a una persona” ya que es una respuesta totalmente desproporcionada, que “como Estado de Derecho nos deslegitima y que como sociedad debería avergonzarnos”, señala uno de los abogados. -“La situación actual es muy grave, según indican las denuncias por malas condiciones, abusos y críticos informes de acreditadas organizaciones e instituciones”