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Supeditar la Constitución a Europa «es tener el sí­ndrome de Vichy»

http://www.elconfidencial.com/espana/2012/10/18/herrero-de-minon-supeditar-la-constitucion-a-europa-es-tener-el-sindrome-de-vichy-107457/

¿Quién manda: la Constitución española o el Tratado de la Unión Europea? Miguel Herrero y Rodríguez de Miñón -uno de los padres de la Carta Magna- lo tiene claro: la Constitución. Y lo hace con un argumento contundente: “Cuando un pueblo deja de tener conciencia de su propia identidad soberana y prefiere que sus problemas se resuelvan desde el exterior cae en lo que desde 1940 puede llamarse ‘síndrome de Vichy’”.Vichy, como se sabe, es el símbolo del colaboracionismo francés con los nazis en aras de salvar la civilización cristiana y humanista de la amenaza comunista, y, según Herrero de Miñón, es lo que sucedería si España acepta, sin más, todo lo que llega de la Unión Europea sin cambiar la Constitución.Para Herrero, lo que ha sucedido hasta ahora es la primacía del derecho comunitario respecto a lo que establece la Constitución española. Hasta el extremo de que la Carta Magna se ha sometido “sin escándalo ni reticencia alguna” al derecho de la Unión Europea, cualesquiera que fueran los efectos de ello. “No en balde», asegura, «la eurofilia española», a diferencia de lo que ocurre en el resto de los grandes Estados de la Unión, se caracteriza por ser «acrítica e ingenua”.En su opinión, si como consecuencia de la existencia de “opciones políticas legítimas” se quiere hacer compatible la Constitución con normas que le son discrepantes (las que emanan de la Unión Europea), la Carta Magna “puede y debe ser reformada” -como se hizo en Alemania en el caso relativo al servicio militar de la mujer-, “pero no puede prescindirse de ella en tanto esté en vigor”. Para Herrero, si se decide revisarla hay que hacerlo, pero “con un consenso, político, social e institucional tan amplio o mayor como el que presidió su génesis”.Palabras del antiguo dirigente conservador durante la conmemoración del 150 aniversario de la Ley del Notariado español. Herrero reconoce que la Constitución española, sistemáticamente interpretada, “obliga al cumplimiento de las obligaciones derivadas de la pertenencia de España a la UE”; pero dicho esto Herrero de Miñón reivindica la necesidad de que la adaptación de las normas comunitarias a la legislación española sea sometida a “un control de constitucionalidad”.Se pervierte la ConstituciónY es que, en su opinión, lo que está sucediendo es que se está pervirtiendo la Constitución por la vía de los hechos. Y pone como ejemplo el artículo primero, que establece que España se constituye como Estado social y democrático de derecho. Para Herrero, mientras la Constitución española de 1978 responde al modelo de “capitalismo dominante” por aquellas fechas, la Unión parece orientarse, día a día, hacia un modelo de capitalismo “pretendidamente más liberal” que el tratamiento de la crisis económica acentúa.Y aquí llega lo más sorprendente. Según el político conservador -hoy miembro permanente del Consejo de Estado- el adjetivo ‘social’ que aparece en la Constitución “puede exigir políticas públicas activas”. Y en este sentido, sostiene, la búsqueda del pleno empleo propugnada en el artículo 40, “podría recurrir a la iniciativa pública en el campo de la economía prevista en el art. 128 Constitución española. Y como argumento de peso cita lo que proclaman economistas “tan prestigiosos” como Paul Krugman o Stiglitz. “Está claro que no toda iniciativa pública tiene que ser tan burda y costosa como el ‘Plan E’ de hace cuatro años”, asegura sin contemplaciones.En su opinión, si se reconoce constitucionalmente la Monarquía es porque es “parlamentaria”, y si se habla de Estado de Derecho, es porque es ‘social’. Lo mismo que si se consagra la propiedad también se reconocen los derechos sociales. ”Y afectar unilateralmente cualquiera de estos elementos pone en juego todo el edificio constitucional, sus instituciones y sus valores”, asegura.Esto no quiere decir, en su opinión, que no haya que reconocer la primacía del derecho europeo sobre normas de menor jerarquía, pero hay que hacer compatible ese principio con la existencia de “límites constitucionales” a la integración mediante la reserva hipotética de constitucionalidad. De hecho, eso es lo que han hecho algunos países fundadores de la Unión Europea, como Francia, Alemania, Polonia o Italia. Y en esa dirección va la reciente sentencia del Tribunal Constitucional alemán sobre el Tratado de Lisboa. Para Herrero, “no puede mantenerse que nuestra constitución económica ha sido derogada de facto” por la vía de los hechos.

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