Colaboración

Soria: La ciudad del medioambiente, una ley de diseño

Existe un proyecto de urbanización en la ciudad de Soria eufemí­sticamente denominado Ciudad del Medio Ambiente (CMA). Una urbanización que se expandirá, según la Junta de Castilla y León, promotora de la misma, a lo largo de una superficie similar a ¡474 campos de fútbol! y se ubicará a unos 10 kilómetros de la ciudad de Soria, en un área calificada por la Unión Europea como Lugar de Interés Comunitario (LIC). La CMA estará rodeada por las riberas del Duero, las proximidades del Monte Valonsadero, el interior del Soto de Garray, y los campamentos romanos del yacimiento de Numancia, tres ecosistemas naturales protegidos, un lugar de especial protección arqueológica y un paisaje literario, cultural y natural de primer orden.

Desde Unión Progreso y Democracia y otras organizaciones(véase www.asden.org) se ha recordado a la Junta que, en lacalificación del suelo como no urbanizable de esecialprotección, debe prevalecer la preservación sobre losprocesos de urbanización; que el traslado de estaurbanización a otra zona del abundante páramo sorianoevitaría el deterioro de los valores ecológicos y culturalesdel Soto de Garray y su entorno; que si la CMA es unproyecto sostenible, como aduce la Junta, por qué no selleva a cabo en otro lugar para así mantener en su ser elSoto… Pero no es solo UPyd sino PSOE, IU, IDES, UGT,CC.OO, CSIF, ASDEN, Greenpeace, el Colegio de Arquitectos deSoria, etc. han elevado propuestas alternativas para evitarque el Soto de Garray sea objeto de un fenomenal pelotazodisfrazado de “verde” en el cual, cajas de ahorros,políticos y constructores locales resulten beneficiados enun negocio no tan claro como el cielo azul del Soto.La Junta, conocedora de la imposibilidad de construir enesos terrenos, aplica un procedimiento legislativo novedosopara evitar -como le ha ocurrido en la Ciudad del Golf enLas Navas del Marqués- que personas o gruposconservacionistas puedan ejercer su derecho constitucionalde acudir a los Tribunales cuando se sienten perjudicados.Así, modifica en las Cortes de Castilla y León su Ley deOrdenación del Territorio, de tal suerte que determinadosproyectos "de especial relevancia" puedan ser aprobadospor Ley, mediante un procedimiento especial de “lecturaúnica”, que se salta el trámite de enmiendas de los gruposparlamentarios. Una ley de diseño, hecha a medida paraevitar que los particulares y las ONGs puedan personarsecomo afectados. ¿Podría hablarse de un fraude de ley?. Según el profesorOmar Bouazza Ariño, Profesor Titular de DerechoAdministrativo de la Universidad Complutense de Madrid,(consúltesehttp://www.conflictoambiental.org/jornadas/publicaciones/OBouazza.pdf)se podría hablar de un fraude a la Constitución dado que setrata de eludir las garantías formales que establece laCarta Magna utilizando la vestidura de una Ley. Pero es queademás, añade, esta actuación vulnera el Convenio de Aarhus,el Derecho Comunitario y la legislación básica estatal enmateria de acceso a la justicia en temas ambientales, asícomo los principios y derechos fundamentales de nuestraConstitución.La Ley 8/2007, de 28 de mayo, del Suelo, establece que “…la utilización de los terrenos con valores ambientales,culturales, históricos, arqueológicos, científicos ypaisajísticos que sean objeto de protección por lalegislación aplicable, quedará SIEMPRE sometida a lapreservación de dichos valores, y comprenderá únicamente losactos de alteración del estado natural de los terrenos queaquella legislación, expresamente autorice”. O sea, blanco yen botella. Pero es que, además, los espacios incluidos enla Red Natura 2000 solo podrán alterarse, cuando así lojustifiquen cambios provocados en ellos por su evoluciónnatural, científicamente demostrada. O lo que es lo mismosometerse a información pública previa a la remisión de lapropuesta de descatalogación a la Comisión Europea y laaceptación de ésta de tal descatalogación.

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