Qué se puede hacer y que no en Madrid

Madrid, en Estado de Alarma

La Comunidad de Madrid ha notificado 3.927 contagios por coronavirus 

Las restricciones de movilidad en Madrid capital y otros ocho municipios de la comunidad se mantendrán durante quince díasDurante el estado de alarma, la autoridad competente será el Gobierno.

El Estado de Alarma se aplica a : 

  1. Alcobendas
  2. Alcorcón. 
  3. Fuenlabrada. 
  4. Getafe. 
  5. Leganés. 
  6. Madrid. 
  7. Móstoles
  8. Parla.
  9. Torrejón de Ardoz.

Se restringe la entrada y salida de los municipios, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados debidamente acreditadas que son:

  1. Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios
  2. Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales. 
  3. Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil. 
  4. Retorno al lugar de residencia habitual.
  5. e) Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables. 
  6. Desplazamiento a entidades financieras y de seguros que no puedan aplazarse. 
  7. Actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales. 
  8. Renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
  9. Realización de exámenes o pruebas oficiales inaplazables. 
  10. Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad. 
  11. Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada

La circulación por carreteras que atraviesen los municipios será posible, siempre y cuando tenga origen y destino fuera de los mismos.

También se puede llegar o salir en otros medios de transporte, como el avión, pero siempre que no se resida ni pernocte en la ciudad confinada.

La circulación de personas residentes dentro de los municipios será posible

Aforos

Hostelería: cierre a las 23:00. Aforo del 50 % en interiores y del 60 % en terrazas. No se permite el consumo en barra. La ocupación máxima será de seis personas por mesa o agrupación de mesas.

Establecimientos comerciales: cierre a las 22:00 y aforo al 50 %.

Instalaciones deportivas: aforo del 50 % en interiores y del 60 % en exteriores.

Lugares de culto: un tercio del aforo. A los velatorios podrán asistir un máximo de 15 personas al aire libre y 10 en espacios cerrados.

Autoescuelas, academias y centros privados: 50 % del aforo.

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