Archivado un procedimiento por pagar con fondos públicos

Vigilancia previa y enjuiciamiento posterior

La sección séptima de la Audiencia de Alicante ha decidido archivar el procedimiento abierto contra Alejandro Soler, alcalde socialista de Elche, por pagar con fondos públicos dos facturas (de 3.000 y 2.320 euros) a un medio de comunicación local gratuito para anunciar los actos de su campaña electoral como candidato del PSOE a la Alcaldí­a en las elecciones municipales de 2007 en dicha localidad. Aunque se reconoce que son ciertos los hechos, la conducta no se considera sancionable. Que se haya llegado a esta decisión, además de los argumentos concretos dados, existe un problema de fondo que es la falta de vigilancia previa en el uso de los fondos públicos a todos los niveles de la administración central, autonómica y municipal. Y el otro problema importante es el vací­o legal que no permite el enjuiciamiento posterior o la levedad penal en los casos que se puede sancionar.

En esta querella, el auto judicial excula al alcalde socialista Alejandro Soler del delito de prevaricación. Para ello, argumenta que, para que se produjera el delito, el funcionario o la autoridad lo tiene que cometer “a sabiendas de su injusticia”. Pero como Soler declaró como imputado que el pago de estas facturas “fue un error”, el tribunal considera que no hubo mala fe. Y llega a afirmar que no basta para la existencia de un delito “el solo apercibimiento de la comisión del mismo, sino que es precisa la clara conciencia de la ilegalidad o de la arbitrariedad que se ha cometido”.Desde luego, en la vida diaria, desde una infracción de tráfico hasta el no cumplimiento de las obligaciones fiscales, al ciudadano no le sirve la poca claridad de conciencia respecto a la ilegalidad cometida para librarse del castigo y de la consabida sanción. Habrá que dejar legalmente claras las obligaciones y responsabilidades de los cargos públicos en el uso de los fondos públicos. Y que no haya ninguna fuga penal por falta de claridad.

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