Corresponsalí­a Madrid

Una sentencia de 1 euro sin precedentes

La Audiencia Nacional de Madrid, ha condenado en una sentencia que causa jurisrudencia a Iberia y Air Nostrum a pagar la simbólica cantidad de un euro a tres pasajeros sordos a los que se les impidió en 2004 subir al avión debido a esta discapacidad auditiva. El centro del asunto, a pesar de lo llamativo de la cantidad establecida de un euro, que significa algo no sé si simbólico o ridículo, es que los hechos sucedieron en cumplimiento de una ley que impide a las personas sordas a viajar en avión sin acompañante que pueda hacerles de intérprete en precaución de situaciones de emergencia. Tras el juicio de primera instancia, en el que el tribunal dio la razón a la compañía, ya que lo que hacía era cumplir una ley, pero la Audiencia Nacional de Madrid ha decidido en este segundo proceso, dar la razón a los viajeros. El razonamiento es lógico, ya que se compara a las personas que no disponen del sentido del oído con las personas extranjeras que no conocen el idioma, ya que en este caso sería exactamente igual un caso que otro. De esta forma se produce una sentencia sin precedentes, que genera jurisprudencia, esto significa un avance en los derechos de las personas discapacitadas, ya que hasta el momento debían gastar el doble en sus viajes comprando aparte de su billete, otro más para llevar consigo a un acompañante. Es la voluntad de estas tres personas con discapacidad auditiva, la paciencia y la posición firme de ir a contracorriente de una ley absurda, lo que ha conseguido que se siembre precedente, abriendo paso a una multitud de posibilidades para las personas sordas. Es por tanto una buena noticia. A pesar de que la indemnización es desproporcionada por lo bajo, y que a pesar de que se caracteriza de simbólica no cubre los daños y perjuicios causados a estos tres pasajeros que no pudieron realizar su viaje con destino precisamente a una convención de personas con discapacidad. La buena noticia es que se les dé la razón a los pasajeros frente a una gran compañía, que significa una lucha de David contra Goliat. Pero aún así, no me puedo quedar sin señalar esta blandeza en la sentencia, que frente a una gran compañía, pone un euro de multa ¿Cuáles son los daños y perjuicios de estos clientes? Evidentemente mucho más de un euro, y desde luego no cubre ni repone el daño causado. En cualquier caso, deben haber celebrado esta sentencia con gran satisfacción, una satisfacción de conseguir un avance colectivo para un gran número de personas que durante años llevan sufriendo esta discriminación. Solo peleando se consiguen los avances.

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