Nueva Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo

Nueva ley del aborto: un paso más por la igualdad

El gobierno de coalición aprueba la Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo, conocida como la Ley del Aborto. Un nuevo marco que supone un avance más en los derechos y libertades de la mujer. Mientras EEUU da pasos atrás en los derechos reproductivos de las mujeres, España es pionera en la regulación de nuevos derechos feministas.

La conocida como nueva Ley del Aborto supone un nuevo avance de los derechos y libertades de la mujer. Mientras el Tribunal Supremo de EEUU da pasos medievales contra el aborto, España es pionera en la regulación de nuevos derechos de las mujeres.

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La Ley de Salud Sexual y Reproductiva y de Interrupción Voluntaria del Embarazo no sólo aprueba medidas para eliminar los obstáculos con los que se encontraban muchas mujeres con menos recursos que habían decidido abortar, sino que esta enfocada desde una óptica mucho más amplia sobre la salud de la mujer, la igualdad y la educación sexual.

La nueva ley es también un reflejo de la modernidad de la sociedad española y del fuerte movimiento feminista, siempre a la cabeza de los cambios sociales.

La ley garantizará el derecho al aborto en los hospitales públicos con independencia de que haya objetores de conciencia y sin necesidad de consentimiento paterno en el caso de mujeres de 16 y 17 años y con discapacidad, además de establecer la baja laboral por reglas incapacitantes y un permiso retribuido a partir de la semana 39 del embarazo.

Finalmente no se incluye en la nueva ley la bajada del IVA del 10% al 4% de las compresas o tampones para combatir la pobreza menstrual. La medida, conocida como “tasa rosa”, ha quedado aplazada a la negociación de los Presupuestos Generales por decisión del Ministerio de Hacienda.

Los colectivos feministas se muestran satisfechos con el nuevo texto, pero exigen garantías.

Y es que la nueva ley pone en evidencia una realidad silenciada. A pesar de que el aborto está reconocido en España como un derecho y como una prestación sanitaria que forma parte de la cartera de Servicios de la Sanidad Pública, en la práctica algunas deficiencias y la falta de garantías ha hecho que la gran mayoría de abortos se practiquen en clínicas concertadas. Tanto es así que en el 2020, solo el 15,49 por ciento se realizaron en centros públicos por la elevada objeción de conciencia entre los médicos. El 85% de las intervenciones, unas 74.000 al año, se derivaban a la sanidad privada ante la falta de profesionales en la sanidad pública dispuestos a practicarlas. La nueva ley pone el acento en corregir esta realidad mejorando la gestión publica y garantizando la universalidad del derecho al aborto en todos los hospitales de la red pública.

Los puntos claves sobre la reforma de la ley del aborto:

Acceso al aborto

  • Las mujeres de 16 y 17 años y aquellas con discapacidad podrán interrumpir voluntariamente su embarazo sin necesidad del consentimiento de sus padres o tutores legales.
  • El aborto estará garantizado en el hospital público más cercano al domicilio de la mujer para evitar los desplazamientos.
  • La objeción de conciencia se garantiza como un derecho individual del personal médico pero habrá un registro para garantizar que en los hospitales hay siempre personal disponible para practicar abortos.
  • Se eliminan los 3 días de reflexión de la reforma del PP y la información previa obligatoria cuando una mujer decide interrumpir su embarazo.
  • Las mujeres que aborten tendrán derecho a un periodo de baja mientras se recupera.
  • La píldora del día después será gratuita en los centros de salud y estará disponible en todas las farmacias. Ahora sólo se puede conseguir en farmacias y cuesta 20€
  • La ley mantiene los plazos y los supuestos en los que se puede abortar en España. Aborto libre, hasta la semana 14, y por causas médicas, hasta la 21.

La ley garantizará el derecho al aborto en los hospitales públicos

Salud menstrual

  • Se regula que las mujeres que tengan reglas dolorosas e incapacitantes puedan recibir una incapacidad temporal pagada por la Seguridad Social y no por la empresa, evitando así cualquier tipo de discriminación laboral si recayese su coste en el empresario.
  •  No se exigirá a la trabajadora ningún número mínimo de días cotizados a la Seguridad Social para acceder a esta baja.
  • Con el objetivo de combatir la pobreza menstrual se distribuirán gratuitamente productos de higiene femenina en centros educativos, penitenciarios y de servicios sociales.

Embarazo y parto

  • Se crea una baja preparto desde la semana 39 de gestación que será compatible con el posterior permiso de maternidad.
  • Se promocionará las buenas prácticas gineco-obstétricas y de parto en función de las directrices internacionales y nacionales.

Violencias reproductivas

  • Se considera la gestación subrogada como una forma de «violencia» contra las mujeres. En España seguirá siendo una actividad totalmente prohibida y se prohibe la publicidad de las empresas de intermediación en otros países donde es una práctica legal.
  • Se considera violencia contra las mujeres la esterilización forzosa para las discapacitadas así como los embarazos y abortos en contra de la voluntad.

Educación sexual y anticonceptivos

  • La educación sexual será obligatoria en todas las etapas educativas.
  • Se garantizará la distribución gratuita de anticonceptivos en centros educativos, centros penitenciarios y centro de servicios sociales.
  • Formación en educación sexual y menstrual a profesores, funcionarios de prisiones y trabajadores públicos.
  • Se crearán centros públicos de atención integral y especializada en derechos sexuales y reproductivos, además de una línea de atención telefónica.

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