Salud

Limitación terapéutica y expansión farmaceútica

La ley del Parlamento de Andalucí­a que dará cobertura jurí­dica y asistencial a los pacientes en estado terminal que opten por interrumpir los tratamientos que los mantienen con vida, ha despertado el interés de Cataluña y Asturias, de sus gobiernos autonómico: poder ser desconectado, la aplicación de la sedación paliativa… una ley que se presenta blandiendo la espada de la libertad individual y la capacidad de decisión de los pacientes, excepto cuando decida un comité ético, por no tener «testigo vital» o posibilidad de interpretación. Teniendo en cuenta que las leyes siempre se enmarcan en su contexto polí­tico y social, y que el derecho a morir no es uno de los derechos universales, algo habrí­a que decir primero sobre el tratado odontológico de responsabilidad civil y penal del sector médico-farmacéutico… que no existe.

Lógicamente no hablamos de los rofesionales, sino de los responsables de desarrollar o no, la curación o la mejora de las condiciones de vida de los enfermos. Poner en marcha una ley que ponga al Estado como salvaguarda del “derecho a morir” de pacientes cuya situación sería diferente en un margen de diez a quince años de investigación – en los casos de enfermedades minoritarias y más desconocidas, en otros casos es inmediato – es cuanto mínimo de rechazo social.Partiendo tan solo de la relación común de la gente con familiares o amigos con graves enfermedades o terminales, hay que preguntarse cuál es la esencia moral de esta ley. Por supuesto que la gente debe tener derecho a elegir que quiere hacer con su vida o con su muerte. Pero no pueden presentarse la “frías leyes” al margen del titánico esfuerzo económico y personal – tiempo de dedicación – que cualquier familia despliega ante una desgracia que afecte así a alguien cercano.Sin embargo no se conocen en toda la legislación ni una sola ley, ni una sola norma que imponga una línea de investigación, cuotas de inversión o “cánones” de “responsabilidad social corporativa” – ahora que están tan de moda ambas palabras – de acuerdo a una concienzuda auditoría realizada por profesionales médicos e investigadores independientes sobre la actividad de cada una de las grandes empresas farmacéuticas que operan en nuestro país, y que, incluso, gestionan hospitales.El Gobierno andaluz se apresuró a matizar: "Queremos aclarar la confusión que a veces existe porque todas las actuaciones, algunas de ellas muy distintas entre sí, se engloban bajo la palabra eutanasia. El debate se enriquecerá cuando diferenciemos entre eutanasia sí, eutanasia no", es decir, la norma definirá cada una de las actuaciones clínicas, que Salud divide en seis. Dos fuera de la legislación, la eutanasia directa y el suicidio asistido, y otras cuatro dentro: la limitación del esfuerzo terapéutico, el rechazo del tratamiento, la sedación paliativa y la desconexión en caso de fallecimiento. El gobierno andaluz también se ha empeñado en aclarar que acabarán con “la obstinación médica”, o prolongar la vida de un paciente cuando no es posible su cura.Que se pretenda “limitar el esfuerzo terapéutico” y “la obstinación médica”, mientras se dan cancha y gasolina a los “ilimitados y obsesivos” beneficios farmacéuticos… requiere algunos pasos legislativos previos en otra dirección.

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