Derechos y Libertades

La Ley de Dependencia… para la banca

1.600 millones es la cantidad que las comunidades autónomas van a recibir en el 2009 por parte del Gobierno, para aplicar la Ley de Dependencia. Hasta ahora el criterio para la asignación era la cantidad de población del territorio, a partir de ahora un 20% se otorgará en función de la gente que haya sido evaluada. O sea todo el que esté registrado como beneficiario de la ayuda, aunque no la esté recibiendo. La razón que se ha argumentado, al margen del criterio de evaluación y no de asistencia efectiva, es atender «a quien se haga acreedor de este derecho». El problema sigue siendo el mismo: solo 65.000 personas – muchas de las cuales ya la recibí­an antes de la Ley – de 890.000 reciben la ayuda, dos y tres meses después.

Además 17.000 niños menores de tres años siguen estando al margen del ámbito de alicación de la Ley.El primer escollo con el que se topa cualquier familia, visto de conjunto, es el de conocer la normativa concreta de su comunidad, pues ésta cambia en cada territorio. Esa es una de las razones que ha obligado a Trinidad Jimenez, nueva ministra de Sanidad y Política Social, a hacer malabarismos para integrar las exigencias de financiación de las diferentes comunidades autónomas. Y sobre todo el disparate de que una familia vea incluso reducidos los servicios por solicitar la prestación. En Andalucía es incompatible solicitar una plaza en un centro de día con seguir recibiendo asistencia a primera hora de la mañana. La Ley ha significado para muchas familias perder lo que tenían, porque mientras llega una cosa, les quitan la otra.El otro problema es la propia asignación. La Ley permite la financiación gratuita, dependiendo de los casos, solo a personas con ingresos inferiores a 516€. Y en el caso de disponer de patrimonio, como una casa en propiedad, ésta descontará a la hora de percibir ayudas, por ejemplo, para ingresar en una residencia con mensualidades que pueden alcanzar los 2.500€ dependiendo del grado de asistencia que reciba. En ese caso la vivienda servirá de aval para la partida social, y si los familiares quisieran disponer de la casa tras el fallecimiento del “beneficiario” deberán pagar “la deuda adquirida”.De esta manera tanto la evaluación de la deficiencia, como la inspección de bienes, se convierten en elementos imprescindibles para optar a los servicios sociales. Algo así como lo que se ha hecho con los 320.000 millones que se les han dado a la banca en concepto de ayudas. Por todos es conocido el cualificado equipo de expertos inspectores que han dispuesto de las cuentas del BBVA y del Banco de Santander para evaluar sus necesidades. ¿O no?

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