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Desahucios bajo tutela

La primera cuestión que suscita la sentencia del Tribunal Europeo de Justicia contra las leyes españolas que rigen las ejecuciones hipotecarias es la incongruencia de un país que aprueba una norma en Bruselas y a renglón seguido la ignora, en la práctica, durante veinte años. En marzo de 1993, los ministros europeos de Consumo —entre ellos el español— aprobaron la Directiva 93/13/CEE que, grosso modo, prohibía las cláusulas abusivas en los contratos entre profesionales y consumidores. Ahora, el tribunal europeo constata en una importante sentencia que los cambios legales españoles no fueron suficientes y que la Ley de Enjuiciamiento Civil, entre otras, permite la desproporción —y por tanto el abuso— en las ejecuciones hipotecarias aplicando elevadísimos intereses de demora, exigiendo al deudor altas indemnizaciones por impago, imponiendo el vencimiento anticipado del crédito y, en general, eludiendo la posibilidad de que los jueces tutelen el proceso y puedan paralizar ejecuciones según las circunstancias de cada caso.

El drama de los desahucios alarma ahora a la sociedad española por la multiplicación de casos derivados de la grave crisis económica. En 2007 se registraron 25.943 ejecuciones hipotecarias, pero a fecha 31 de diciembre del pasado año había 198.116 en trámite. No todas se corresponden con el perfil de familias en peligro de ser desalojadas de su única vivienda quedándose con una deuda a veces mayor de la que contrajeron. Sin embargo, muchas —si no la mayoría— establecen cláusulas que, como indica ahora el tribunal europeo, son abusivas y contrarias a esa directiva, que entró en vigor en 1995.

La dejación española en este asunto es especialmente grave en los últimos meses, a medida que el Tribunal Europeo señalaba en resoluciones recientes la incompatibilidad de las normas hipotecarias con la legislación europea. La sentencia de ayer aclara definitivamente la cuestión a instancias de un juez español.

Prolongando el drama más allá de lo soportable, anteriores Gobiernos, y este en lo que lleva de ejercicio, han mantenido una legislación que privilegia a la banca, dificulta (e incluso impide) la acción de la justicia y ha dejado sin hogar a miles de deudores de buena fe. Las medidas tomadas, como el código de buenas prácticas de la banca y la suspensión temporal de los desahucios, son solo parches. La sentencia europea entra, sin embargo, en el fondo de la cuestión y, de manera indirecta, obliga a España a proteger a sus consumidores con el estándar europeo. Rajoy ha paralizado la tramitación del cambio legal en el Parlamento a la espera de esta sentencia. Puesto en perspectiva, resulta lamentable que España haya tenido que esperar un varapalo judicial tan contundente para alinear su legislación con la europea y, de paso, frenar la sangría de los desahucios. Especialmente lamentable por cuanto esta sentencia llega tras meses de movilización ciudadana, protagonizada fundamentalmente por los jueces y las plataformas de afectados.

El Partido Popular no es el único, pero sí el que ha arrastrado los pies hasta el límite de lo tolerable. Los ciudadanos incursos en un procedimiento de ejecución hipotecaria que se consideren víctimas de cláusulas abusivas pueden desde ayer recurrir al juez con una clara referencia legal, la europea. Pero es urgente que los diputados retomen el debate y, siguiendo las directrices del tribunal europeo, acometan con urgencia el cambio legislativo. Sería prolongar y aumentar la injusticia obligar al deudor de buena fe a litigar en vez de contar con un marco legal que ampare sus derechos.

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