Gripe porcina

Argentina: 100.000 afectados, más que una ocultación

El nuevo ministro de Salud de Argentina, Juan Manzur, dijo que se estiman en 100.000 los pacientes afectados por el virus de la gripe A en el paí­s, cuando las cifras oficiales que se manejaban eran de 1.500 antes de las elecciones mientras los servicios sanitarios estaban colapsados. Estas cifras, que pueden resultar sorprendentes incluso a los especialistas que afirmaban que los afectados se podí­an contar por decenas de miles, inducen a pensar que más que una ocultación de datos por motivos electorales, se ha producido un contagio activo por omisión.

Así oina el abogado argentino Alejandro Sánchez Kalbermattenque ha presentado el pasado día 2 de julio una demanda por “atentado a la salud pública" e "incumplimiento de los deberes de funcionario público" con consecuencia de muerte en un juzgado federal. El motivo es no haber postergado las elecciones legislativas del domingo pasado) en la Justicia Federal, tal cdel país. omo habría propuesto no sólo la ministra que recién abandonó su cargo, Graciela Ocaña, sino también los representantes de la provincia de Tierra de Fuego y varios especialistas. Caso de que prospere, sería la constatación de que en las causas de la sorprendente cifra de 100.000 afectados por la gripe, las propias elecciones habrían jugado un papel propagador activo. Pero si no prospera, la sospecha (casi certeza) seguirá. La demanda afirma que la presidente y el ex presidente "persistieron con sus propósitos electoralistas, librando a su suerte a la población argentina y a los ciudadanos que la componen (…) siendo el voto obligatorio, no se hizo otra cosa que forzar a los ciudadanos de todo el país a contagiarse" la enfermedad, que causó hasta ahora la muerte de 44 personas. La demanda continua: "la necesaria concentración de grandes multitudes es precisamente opuesto a lo que se ha aconsejado en países serios para evitar la propagación de la enfermedad (…) lejos de evitar las consecuencias de la pandemia, profundizaron y agravaron la situación". Cabe destacar que el artículo 102 del Código Penal reprime con reclusión o prisión de tres a quince años "al que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas", y el artículo 84 reprime con penas de seis meses a diez años al que por "imprudencia, negligencia, impericia en su arte o profesión o inobservancia de los reglamentos o de los deberes de su cargo, causare a otro la muerte".

Deja una respuesta