La Audiencia Nacional sólo podrá perseguir delitos ocurridos fuera de España cuando haya españoles afectados en el caso. El Congreso de los Diputados ha amputado la llamada jurisdicción universal, es decir, la capacidad de la Audiencia Nacional para intervenir en procesos fuera de España. Como han declarado siete organizaciones de defensa de los derechos humanos en un manifiesto titulado «Día de luto para la justicia internacional» porque el proyecto de ley «ha dado un claro mensaje de que España se preocupa más por no ofender a algunos gobiernos poderosos que por poner fin a la impunidad de la que gozan los criminales». Más claro imposible. El hegemonismo estadounidense ha exigido que en España se metiera en cintura a la justicia, que se cerrara la espita abierta por los jueces independientes.
El manifiesto continúa, clarividente y claramente, “la inmensa contribución efectuada or la justicia española durante más de una década al hacer comparecer ante sus tribunales a las personas sospechosas de haber cometido u ordenado cometer crímenes de derecho internacional se verá severamente recortada, si el proyecto de ley prospera”. Es decir, impunidad para los crímenes habidos en Chile, Israel, el mismo Estados Unidos. Porque no son China (por Tibet), Guatemala o Ruanda los que tienen medios y canales para presionar. Porque “con el texto aprobado por el Congreso de los Diputados, la esperanza de las víctimas de genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad, tortura o desapariciones forzadas, enfrentará enormes dificultades y sus responsables tendrán menos motivos de preocupación”. Los propios jueces de la Audiencia Nacional como Baltasar Garzón, Fernando Andreu, Santiago Pedraz y Eloy Velasco han mostrado su posición en contra. En palabras de Andreu, “es como cerrar la Seguridad Social a los extranjeros”. Frente a las ‘voces de sus amos’ que en el falso lenguaje hablan de “buscar un equilibrio entre la impunidad y la no injerencia en asuntos ajenos”, es decir, no a la impunidad mientras no toque los intereses del hegemonismo estadounidense y compañía. Para acabar con el principio de jurisdicción universal absoluto, con la única restricción lógica cuando los hechos denunciados puedan ser juzgados en el país donde se cometieron o por un tribunal internacional, porque ya no existiría impunidad. En la misma línea van los cambios que el Congreso ha introducido en la ley de Asilo y Protección Subsidiaria. Introducir un filtro y un mayor control sobre las posibilidades de asilo, endureciéndola aunque aparentemente introduzca ciertas mejoras. En definitiva, debilitar los instrumentos legales para acoger a los perseguidos, seleccionando las condiciones, las causas y, en el fondo, los países. Para mantener los ‘intocables’.