Ángel Dolado es el portavoz del Foro Judicial Independiente
¿Qué opina del Decreto del Gobierno?
Las medidas nos parecen totalmente insuficientes, porque en el Decreto, que escasamente tiene tres folios, los casos de familias favorecidas son muy pocos. Además no arregla el problema que vamos a tener en relación a los procesos que están ya en trámite.
¿Qué medidas proponen desde el FJI?
Por un lado, como las familias que pueden ser amparadas por el Decreto tienen que presentar una serie de documentos en los juzgados, es razonable que los secretarios judiciales hiciesen un llamamiento a todos los afectados en los procesos para que pudiesen presentar la documentación que tienen.
Y por otro, como organización judicial, hemos recomendado a nuestros compañeros de lo civil, tanto juzgados de primera instancia, como audiencias provinciales, que se reunan en juntas sectoriales y valoren, desde un punto de vista jurídico, la posibilidad de suspender la tramitación de los procedimientos de ejecución hasta que decida el Tribunal de la Unión Europea.
¿Por qué es tan favorable la Ley Hipotecaria a los bancos?
Es totalmente favorable porque cuando uno paga una hipoteca hay una escritura pública, que es un título notarial, que permite a los bancos ir directamente, no a un juicio sino a un procedimiento de ejecución. En las ciudadaes en las que la justicia está funcionando medianamente bien, en el plazo de seis meses y sin posibilidades de defensa las personas que no pagan la hipoteca son desahuciadas de su vivienda. Es favorable porque el procedimiento de ejecución es así.
La ley hipotecaria es de hace 100 años, ¿Cuáles son los puntos más anacrónicos?
Habría que remitirse a la ley originaria, pero no es cierto que se tan antigua, porque los últimos años, sobretodo los últimos cuatro, ha tenido dos reformas importantes. Lo que ocurre es que esa ley no se ha adaptado a la realidad social porque parte de una premisa, y es que los inmuebles siempre se revalorizaban. Cuando no se pagaban, entre lo que se había pagado y lo que se vendía en subasta solía ser suficiente para que el deudor no tuviese pendiente de pago otras cantidades. Lo que es anacrónico es no haberla adaptado a la realidad de los últimos años, donde la depreciación de los inmuebles lleva al deudor a que después de haber perdido la casa todavía deba un 30% o un 40%. Ahí está el anacronismo, que no se haya fijado que cuando se vendan en subasta los bancos se las queden en torno al 80% y 90% de su valor, no al 60% como está ahora. Si hubiese una dación en pago o una quita se posibilitaría adaptar la ley a la realidad de ahora. «La ley permite a los bancos ir directamente, no a un juicio sino a un procedimiento de ejecución»
¿Es posible que los jueces, como ha hecho el sindicato de policía, llamen a la objecion de conciencia?
No es posible hablar de objecion de conciencia en la aplicación de la ley, ni en los policías ni en los jueces, porque tenemos que aplicar la norma y hacer resoluciones interpretándola. En aquellos casos en los que los jueces ordenen que la policía local debe acompañar a la policía judicial para llevar a cabo el desahucio, están obligados a cumplir.
¿Qué opina del texto elaborado por la Abogacía para paralizar los desahucios?
Es un texto muy largo en el que hace una explicación de por qué hemos llegado hasta aquí y de las posibilidades de que los jueces procedan a la suspencsion de los procedimientos en marcha, que es lo mismo que ha hecho el FJI respecto a los jueces. Ya les anticipo que la resolución procesal es un poco complicada. Pero creo que en algunos casos, en vez de pedir la ejecución directa, como los abogados se han ofrecido a asesorar a todo el mundo, lo que deberían presentar ahora son demandas de lo que se denomina juicios declarativos, que es lo mismo que ha ocurrido en Barcelona, pidiendo la declaración de nulidad de ciertas clausulas abusivas, y una vez se ha presentado esto pedir la suspensión de la ejecución . Eso procesalmente es lo más adecuado.
¿Por qué no se ha reformado la Ley Hipotecaría hasta ahora?
No sabria responderle. Porque nosotros no somos legisladores. Sí llevábamos dos o tres años poniendo en evidencia que la ley era deficiente y perjudicaba a las familias y a las personas físicas, y mucho jueces de lo mercantil vienen deicendo que en España deberíamos tener una ley de sobreendeudamiento de las personas físicas, como tiene Francia e Italia. Esos informes técnicos los hemos puesto encima de la mesa igual que hizo el defensor del pueblo, e incluso los secretarios judiciales. Una vez hacemos esto, son los legisladores y los partidos políticos los que deben actuar. Hasta ahí llegamos.
¿Quiere añadir algo más?
Esperamos que la sentencia europea llegue pronto y que nos demos un período de prudencia para valorar las familias que se benefician del decreto, y valorar la suspensión de los lanzamientos en las ejecuciones hipotecarias.