De aplicación inmediata, las nuevas condiciones permitirán a los jueces paralizar cautelarmente numerosos desalojos. Y forzarán a limitar «cláusulas abusivas» impuestas por los bancos en las hipotecas, traducidas en draconianos intereses.
La presión y la movilización social ha sido la clave de que ahora estemos celebrando esta victoria. Debemos redoblarla para que se abra paso la Iniciativa Legislativa Popular presentada por las organizaciones anti-desahucios, y que se está debatiendo en el Congreso.
“Hemos ganado los débiles, hemos ganado todos”, declaraba Mohamed Aziz nada más conocer la sentencia.Aziz es un obrero marroquí con tres hijos. Cuando quedó en paro y dejó de pagar tres cuotas de su hipoteca, Caixa Tarragona le echó de casa. Perdió su hogar, y encima se le impuso una deuda de 40.000 euros.
Su abogado, Dionisio Moreno, un letrado con clientes humildes de Martorell, dedicó muchas horas al caso de Aziz. Sin cobrar.
En junio de 2.012 José María Fernández Seijo, un juez de Barcelona harto de que una ley injusta le obligara a desahuciar a decenas de familias, solicitó al Tribunal de Justicia de la UE, como demandaba el abogado de Aziz, que se pronunciara sobre si la ley española era compatible con los derechos de los consumidores.
Estos son los antecedentes de una historia que ha tenido final feliz. En su modesto despachó, Dionisio Moreno brindaba con cava con Mohamed Aziz y la abogada de la Plataforma de Afectados por la Hipoteca.
Y no es para menos.
Hasta ahora, si el hipotecado dejaba de pagar al banco una o dos cuotas, el banco podía considerar vencido el préstamo, e iniciar un “procedimiento acelerado” de desahucio.
Se podía reclamar que el banco había impuesto “cláusulas abusivas” en la hipoteca, pero el juez no podía paralizar cautelarmente el desalojo mientras se tramitaba.
«Los jueces tienen ahora una base legal para defender los derechos de los hipotecados ante la banca» En todos los casos, las familias perdían su casa, que pasaba a ser propiedad del banco. Incluso si el juez daba la razón al hipotecado, dictaminando que las cláusulas eran abusivas, ya se había perdido la casa y solo se tenía derecho a una indemnización.
Ahora, las cosas van a cambiar.
El Tribunal de Justicia de la UE ha señalado que no parece proporcionado que un préstamo de 200.000 euros a 30 años se considere vencido por el impago de una o dos cuotas de 600 euros.
Y otorga al juez la capacidad de paralizar cautelarmente la ejecución del desahucio.
Muchos jueces, que retrasaban deliberadamente los trámites para dar una oportunidad a las familias, tendrán ahora una base legal para poder defender los derechos de los hipotecados ante los bancos.
Pero la sentencia no sólo afecta a las familias en peligro de desahucio, sino también a los millones de hipotecados víctima de la usura de los bancos.
En su demanda, el juez Fernández Seijo preguntó directamente al Tribunal de Luxemburgo: “¿Es una “cláusula abusiva” fijar unos intereses de demora del 18% cuando el tipo ordinario pactado con la entidad fue del 4,87%?”.
Contestando afirmativamente, la sentencia otorga a los jueces instrumentos para decidir si los intereses de demora “van más allá de lo necesario”, pudiendo considerarlos “abusivos”.
Tras el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la UE, nadie puede negar que en España hemos sufrido, durante más de veinte años, una legislación “fabricada” para garantizar, a costa del atraco a las familias, los beneficios de la gran banca.
«Esta sentencia reafirma la importancia de la movilización ciudadana» Incluso Rajoy, que hace tan solo unas pocas horas se negaba en el Congreso a aceptar la dación en pago retroactiva en nombre de la “seguridad jurídica” y de no dañar “la garantía hipotecaria”, es decir para proteger los intereses del capital financiero, ha anunciado que “cambiará la ley inmediatamente”.
Estamos hablando de uno de los problemas más acuciantes para miles de familias. Desde 2.008, se han registrado en España 400.000 ejecuciones hipotecarias. Cada día, 312 familias han perdido su casa.
Tal y como afirma el comunicado emitido por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca, “la sentencia es un respaldo al contenido de la Iniciativa Legislativa Popular, cuyas medidas [como la dación en pago] se habían cuestionado por su carácter retroactivo. (…) No puede sostenerse que una persona sea condenada a pagar una deuda perpetua derivada de un procedimiento ilegal”.
El comunicado de la PAH concluye afirmando que “esta sentencia reafirma la importancia de la movilización ciudadana a favor de las medidas de la ILP, unas medidas de mínimos que se están debatiendo en el Parlamento. ¡Sí Se Puede!”.
Si el Tribunal de Justicia de la UE se ha visto obligado a pronunciarse, ha sido por la impresionante movilización popular. Y especialmente por el trabajo de las plataformas organizadas y su trabajo persistente durante años.Debemos aprovechar este éxito para fortalecer una Iniciativa Legislativa Popular que exige la dación en pago con carácter retroactivo para deudores de buena fe, con insolvencia sobrevenida, una moratoria inmediata y universal de los lanzamientos y un parque público de alquiler social, que no supere el 30 % de los ingresos de la familia.
Medidas, todas ellas perfectamente aplicables, que no solo contribuirían a paralizar el drama de los desahucios, sino también a avanzar en solucionar el problema de la vivienda en España.Hemos demostrado la fuerza que tenemos, y que, desde luego, sí podemos.