De Verdad.- La USO, ha conseguido quitar una «espada de Damocles» sobre los trabajadores a la hora de la negociación de los convenios. ¿Cómo está afectando la Reforma Laboral de Rajoy a la negociación colectiva? M. A. Abellán.- La aplicación de la mal denominada «modernización de la negociación colectiva» se ha convertido en una ágil herramienta para que las empresas la utilicen a fin de arrebatar consolidados derechos a los trabajadores.
La realidad social y económica de los últimos años ha demostrado que la Reforma Laboral ha actuado como ácido sulfúrico contra el modelo de relaciones laborales y expresamente contra la negociación colectiva, estableciendo determinados principios con los que regir el mercado laboral, que suponen una nefasta herencia para las próximas generaciones, que están asistiendo al desmantelamiento progresivo de sus derechos como trabajadores, resultado de varias décadas de lucha sindical y social… A su vez actúa como herramienta con la que extender la precariedad laboral contractual, de renta y de condiciones de trabajo, y está dando lugar a que continuemos subidos al podio, junto a Grecia, del siniestro ranking de países con mayor tasa de paro de la OCDE… insuflando el surgimiento de una nueva clase social, la del “precarizado”.
¿Qué empujó a USO a presentar la denuncia y llevarla al Tribunal Supremo?
El desmantelamiento de la negociación colectiva que escondía la limitación de la ultractividad de los convenios colectivos, a raíz de la denuncia presentada por la Unión Sindical Obrera de las Islas Baleares contra la empresa Atención y Servicios S.L (ATESE), que justificó la bajada de salarios de sus trabajadores al Salario Mínimo Interprofesional (SMI), amparándose en que el convenio había vencido, y en la redacción dada al Art. 86.3 del Estatuto de los Trabajadores por la Ley de Reforma del Mercado Laboral, popularmente conocida como la “Reforma Laboral del Partido Popular”.
Con anterioridad a esta Reforma existía la regla de que, salvo pacto en contrario, un convenio vencido, aunque estuviera denunciado, se seguía aplicando indefinidamente en el tiempo a efectos de evitar lagunas legales e inseguridad jurídica. Es decir, había ultractividad.
¿Qué supone esta sentencia del TS ganada por la USO?
Esta sentencia asesta un duro golpe a uno de los pilares de la Reforma Laboral de la Ministra Bañez, y garantiza los derechos de los trabajadores a pesar de la caducidad del convenio colectivo, corrigiendo la laguna existente por la falta de convenio de ámbito superior.
Se trata, con total seguridad, de la sentencia más importante dictada por el Tribunal Supremo en materia social en la última década y, con ella, resuelve la grave inseguridad jurídica creada por la pérdida de la ultractividad de los convenios. El Alto Tribunal ha entendido que los derechos de los trabajadores merecen una protección singular, no dejándolos desatendidos en virtud de normativas y leyes que los limitan.«Es la sentencia más importante dictada por el Tribunal Supremo en materia social en la última década, resuelve la grave inseguridad jurídica creada por la pérdida de la ultractividad de los convenios»
La importancia de esta sentencia en incuestionable, pero ¿podemos decir que está todo ganado, crea jurisprudencia?
El fallo del Tribunal Supremo no sienta jurisprudencia, es necesaria una sentencia más en el mismo sentido, desde la USO Confederal se le esta exigiendo al Gobierno que lleve a cabo una modificación en todo lo relativo a la negociación colectiva.
Esta sentencia llega en un momento clave para los trabajadores de El Pozo, ya que el pasado día 16 de febrero de 2015 se constituía la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo de Industrias Cárnicas. ¿Qué va a suponer para la negociación de este convenio?
Esta importante sentencia acaba con el chantaje de las patronales en la negociación colectiva. Con la amenaza de la desaparición del convenio, la parte empresarial ha impuesto recortes y reducción de derechos en las mesas de negociación, acorralando a la parte sindical, cuyo principal objetivo tiene que ser el mantenimiento y mejora del convenio colectivo. Para la USO, con esta sentencia no se vuelve al punto de partida, pero se reequilibra.
La sentencia, sin embargo, también señala que podrán darse problemas de doble escala salarial y discriminación para los trabajadores de nuevo ingreso. ¿Qué pasos seguiréis en caso de que esto ocurra?
El pleno de la Sala de lo Social del Alto Tribunal, por ocho votos frente a seis, ha fallado que los derechos recogidos en los convenios para los trabajadores que están en plantilla siguen vigentes a pesar de que estos pactos hayan caducado y se haya agotado el año de prórroga sin acuerdo. A pesar de que puede plantear graves consecuencias para los trabajadores de nueva contratación, por lo que nos veremos obligados a pelear en los centros de trabajo y tribunales las dobles escalas salariales que se pudieran producir en un futuro.